Sistema fiscal en Gibraltar
Todas las empresas constituidas en Gibraltar están obligadas a producir y presentar cierta información contable en el Registro Mercantil, independientemente de que tengan una actividad o no.
Si no se ha obtenido ningún beneficio o se deriva de Gibraltar, el tipo impositivo es del 0%. Si algún beneficio se ha devengado o se deriva de Gibraltar, el tipo impositivo es del 10%.
Una vez constituida la sociedad, dispone de hasta 18 meses para elegir el cierre del ejercicio (periodo impositivo).
Una vez finalizado el cierre del ejercicio, la empresa dispone de 13 meses para presentar las cuentas cada año.
En caso de que esto no ocurra, se emitirá una multa inicial de £ 50.00 y 6 meses después se incurrirá en una multa adicional de £ 100.00 contra la empresa en caso de que la entidad aún no haya cumplido con las regulaciones.
Las cuentas de la empresa deben estar actualizadas para todas las empresas, tengan o no alguna actividad.
- Balance;
- estado financiero;
- cálculo de impuestos (si los hubiera); Y
- Presentación de cuentas ante las autoridades, como "Balance Abreviado Estatutario".
Transacción / Entrada | Precio |
1 - 25 | £ 1,500 |
25 - 75 | £ 1,950 |
75 - 150 | £ 2,500 |
150 - 300 | £ 2,950 |
+ 300 | A petición |
Cuenta inactiva La empresa no ha tenido actividad desde su constitución (es decir, no ha tenido movimientos bancarios, no ha facturado a los proveedores, no ha facturado a los clientes). | £ 350 |
Tenga en cuenta que la información y la hoja de precios anteriores son aplicables a las pequeñas y medianas empresas. Las pequeñas y medianas empresas se clasifican como tales si se cumplen las siguientes condiciones:
- El volumen de negocios neto no supera los 4,8 millones de libras esterlinas.
- El total del balance general no supera los 2,4 millones de libras esterlinas, el número medio de empleados no supera los 50.