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Este artículo fue traducido automáticamente del inglés para su conveniencia. Si desea leer el artículo original en inglés, por favor siga este enlace.

Legislación del registro de beneficiarios de las luces verdes de Panamá

20 January 2020
A principios de enero, la Asamblea Nacional de Panamá aprobó el Proyecto de Ley 169 que permite la creación de un registro de beneficiarios finales para las personas jurídicas que operan en la jurisdicción. Aún no se ha anunciado una fecha de vigencia, ya que estará sujeta a la aprobación del ejecutivo de Panamá, pero la ley está efectivamente en vigor.

Proyecto de ley 169 en breve

Una vez que la ley entre en vigor, deben suceder dos cosas:
  • Los agentes residentes panameños deben presentar información sobre todas y cada una de las entidades legales en nombre de las cuales actúan.
  • Todas las entidades constituidas en Panamá deben designar un abogado en Panamá para actuar como agente residente.

Un proceso iniciado en 2015

En abril de 2015, cuando entró en vigor la Ley 23, requirió que los agentes residentes que actúan en nombre de dichas entidades realicen la debida diligencia sobre los beneficiarios finales registrados. Ahora, casi cinco años después, esta información se incluirá en el registro. Será administrado por la Superintendencia de Instituciones No Financieras.

¿Cuál es el propósito del proyecto de ley 169?

La principal razón para que Panamá vote a través del Proyecto de Ley 169 para combatir el lavado de dinero y otras actividades relacionadas. El GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) volvió a colocar a Panamá en su lista gris en junio de 2019. Esto significa que Panamá volvió a ser objeto de seguimiento internacional. El GAFI citó múltiples preocupaciones, incluidas las deficiencias en sus medidas contra el lavado de dinero. Panamá acordó de inmediato implementar legislación para garantizar el cumplimiento de las recomendaciones del GAFI:
  • Exigir a las entidades obligadas que aseguren la verificación adecuada y la actualización de la información sobre el beneficiario final de las entidades.
  • Establecer un marco eficaz para monitorear las actividades de las entidades extraterritoriales
  • Evaluación de los riesgos de mal uso de personas jurídicas en Panamá y definición e implementación de las medidas necesarias para prevenir el mal uso.
  • Mejorar el acceso y la velocidad del acceso a la información relativa al beneficiario final

Proyecto de ley 169 en detalle

Los agentes residentes tienen 30 días después de la incorporación y nombramiento de su agente para registrarse en la Superintendencia y presentar la información especificada. El proyecto de ley 169 tiene una cláusula de derechos adquiridos. Esto otorga a los agentes preexistentes de empresas registradas en Panamá, 6 meses para completar el registro y recopilar la información que ahora exige la ley. Si no lo hace, el agente deberá volver a firmar. Además, cualquier entidad legal con un agente residente no registrado está sujeta a suspensión del Registro Público de Panamá. Después de dos años de incumplimiento, serán eliminados del Registro. Cualquier cambio debe registrarse dentro de los 30 días. Los agentes residentes pueden recibir una multa de entre $ 1,000-5,000 (USD) por cada entidad legal no registrada. Estas multas se incrementarán diariamente; se aplican más multas por información presentada falsamente

¿Qué información requiere el registro?

La información requerida para el registro incluye:
  • Nombre de los beneficiarios reales y sus fechas de nacimiento
  • Números de identificación relevantes
  • Nacionalidades y direcciones registradas
  • Además de esta información personal, el registro también requiere la fecha en que la persona se convirtió en el beneficiario final.

Esta información nunca se pondrá a disposición del público. Solo se permitirá el acceso a determinadas personas y grupos. Esto incluye agentes residentes y sus entidades legales registradas, junto con un máximo de dos oficiales designados a quienes se les otorgan ciertas garantías técnicas y seguras. Si la información no se mantiene confidencial, la persona responsable podría ser responsable de multas de hasta $ 200,000 (USD). Cualquier persona que obtenga acceso no autorizado al registro podría enfrentar una multa máxima de $ 500,000 dólares estadounidenses.
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